La pandemia nos retó, y hoy, todas las personas y negocios vemos la necesidad de “reinventarnos”, una frase que además de ser el cliché de las medidas de confinamiento, representa un verdadero trasfondo, por tener la obligación de acelerar la transformación digital. La cuarentena obligatoria generó proyectos tecnológicos y revolucionó la inversión en tecnología en Colombia, y pareciese que quien no se una, desaparecerá.
Esta revolución involuntaria genera varios interrogantes: ¿Usted está preparado para el cambio? ¿Ya se unió a la carrera tecnológica? ¿Sabe qué pasos tomar para reactivar sus actividades y qué tecnologías lo pueden ayudar? ¿Conoce las normas que regulan el comercio electrónico y cómo aplican estas a su negocio?
Las entidades públicas y privadas no se quedaron atrás y se acogieron a las TICs para continuar prestando sus servicios. Todas migraron a la modalidad teletrabajo, con plataformas como Google Meets y Microsoft Teams. La Cámara de Comercio de Bogotá implementó las audiencias de conciliación y arbitramentos en línea y el INVIMA y la rama judicial que antes no contaban con sistemas de radicación en línea, ahora adelantan sus trámites y procesos a través de medios tecnológicos.
Comerciantes grandes y pequeños pasaron de ofrecer sus productos en establecimientos físicos, a acudir a la tecnología para reactivar su negocio, fortaleciendo su presencia en redes sociales e incursionando en el uso y desarrollo de plataformas propias -como amicasa.com.co- o alianzas con Market Places –como Rappi, Merqueo, UberEats, Amazon- o pasarelas de pago -como PayU, PSE, PayPal-; todo para atraer nuevos consumidores y brindar nuevas modalidades para la adquisición de bienes y servicios.
En medio de esta revolución tecnológica, de la que llevamos años hablando, pero que ahora es una verdadera necesidad, el empresario obtiene su nombre de dominio, encripta la información a través de SSL/TLS, acude a pasarelas de pago y busca cumplir con las normas de comercio electrónico, consumidor y protección de datos, entre otras. Pero éstas a veces le resultan insuficientes.
La tecnología avanza a pasos más acelerados que la regulación, por eso muchos se aferran a los términos y condiciones, contratos de adhesión y modalidades de contratación -clickwrap, webwrap y shrinkwrap- para regular los vínculos jurídicos que se crean en el entorno electrónico y buscan alternativas para identificar a las personas en ambientes digitales, usando la firma digital, electrónica o incluso escaneada e implementado mecanismos asociados a aspectos biométricos -huella, reconocimiento facial-, de conocimiento –usuario, contraseña-, u objetos -tarjetas y/o generadores de códigos aleatorios-.
Mientras entremos a esta nueva era tecnológica, la norma de comercio electrónico -Ley 527 de 1999- tiene más de veinte años, la de TICs -Ley 1341 de 2009- más de una década, el estatuto de protección al consumidor -Ley 1480 de 2011- y protección de datos personales -Ley 1581 de 2012- cerca de diez años. ¿Será esta pandemia el impulso necesario para actualizar la normativa vigente, de forma que comprenda una realidad más vanguardista?
Lo cierto es que la pandemia generó cuestionamientos en diferentes áreas, y muchos parecieran tener soluciones lejanas. Sin embargo, esta nueva normalidad trae consigo grandes oportunidades en el entorno digital y tecnológico, no solo para los empresarios, sino también para los consumidores y la regulación nacional debe ser todo menos un obstáculo para tal efecto. Se trata de explorar y aprovechar las nuevas formas de operar, como una oportunidad de transformación, innovación y crecimiento futuro, para los negocios y el país.
¡Únase al reto de ser parte de la transformación tecnológica y digital, asegurándose de conocer bien sus derechos y obligaciones y los de sus consumidores!