Las impresiones en tres y cuatro dimensiones

I. Introducción 

Todos los desarrollos tecnológicos siempre han demandado una adaptación de las normas, pero sin duda uno de los mayores retos los enfrenta la propiedad intelectual. Así paso en su momento con la aparición de la imprenta, luego el cinematógrafo, el fonógrafo, la radio, la televisión, las comunicaciones vía satélite, los circuitos integrados, más tarde el software, los videojuegos y la inteligencia artificial, la multimedia, la realidad virtual, los hologramas, la internet, el desarrollo de sitios web, y el entorno digital;  y ahora las impresiones en tres, y las más recientes en cuatro dimensiones (3D y 4D) nos llevan a escribir algunas reflexiones sobre el particular.         

La tecnología de impresión de inyección a tinta data de 1976; y en 1984 se adapta este mismo principio, pasando de la inyección de tinta, al de inyección e impresión con materiales de todo tipo. Es Charles Hull, cofundador de 3D systems, quien desarrolla y perfecciona la denominada: estereolotigrafía, un proceso que permite imprimir objetos en tres dimensiones, partiendo de datos digitales; es decir que una imagen digital permite crear bocetos y prototipos de un diseño, para luego pasar a la fabricación y producción. (1).

Actualmente, se siguen fabricando objetos a escala, maquetas y prototipos, pero también se pueden lograr objetos de gran tamaño como casas, vehículos, naves, aeronaves, robots, instrumentos musicales, armas de todo tipo (Vale recordar aquí el proyecto ´´The Liberator ´´un arma de fuego o pistola hecha en el año 2013 con una impresora 3D por Defense Distributed), juguetes y personajes ficticios, vajillas, y hasta alimentos, joyería, e incluso en usos en salud, tales como la fabricación de prótesis medicas hechas a medida, vasos sanguíneos y arterias; medicamentos, fármacos y medicaciones específicas. Todo lo anterior en diferentes materiales y texturas, entre otras, como plástico, polímeros, elastómeros, fibra de vidrio, vidrio, metal, tejidos, cartílagos, etc. (2).  

II. La impresión en cuatro dimensiones – 4D 

Este nuevo concepto se basa en  los materiales ya mencionados atrás, pero el elemento novedoso es la capacidad de estos para transformarse y adaptarse instantáneamente, mutando de una forma a otra con plena autonomía gracias a los materiales se acoplan al entorno, temperatura, ambiente en que interactúan, logrando dilatarse, contraerse e incluso  en auto repararse, combinando materiales físicos y biológicos para que cambien de forma, tamaño, propiedades. (3).

Se destaca un proceso quirúrgico que integró un implante respiratorio, con el cual tres niños, Kaiba, Garret e Ian, lograron salir adelante y superar una grave enfermedad respiratoria llamada traqueobroncomalacia, que les producía debilidad y disminución dinámica de la tráquea y los bronquios durante la respiración. Los implantes, diseñados especialmente a la medida de los pequeños, fueron impresos en 4D con un material llamado polycaprolactoney, el cual se adaptaba y crecía a la par con los pacientes, y no se requeriría que fueran luego extraídos, pues los mismos se harían biodegradables y se consumirían lentamente a medida que se daba el desarrollo y normalización de su sistema respiratorio; en otras palabras, las férulas impresas a medida e insertadas en los bronquios se desintegrarían a medida que su condición clínica evolucionaba. Hoy con algo más de tres años de edad, los menores están plenamente recuperados; debido a una férula impresa que creció con ellos hasta que sus diminutos bronquios fueron lo bastante fuertes para que pudieran valerse por sí mismos. (4) 

Otro caso es el de Emma, una niña de cuatro años, diagnosticada con artrogriposis, una enfermedad congénita con articulaciones rígidas y músculos subdesarrollados; que genera una movilidad muy reducida que, en el caso de Emma, le impedía incluso mover sus dedos. Ahora, con la ayuda de este artefacto,  puede mover su brazo, jugar, y abrazar a sus padres, gracias a que, a través de la tecnología de impresión en 4D, se pudo fabricar un exoesqueleto robótico, realizado por Investigadores de la Universidad de Filadelfia. Como la niña está en constante crecimiento, el exoesqueleto se adapta cada cierto tiempo al nuevo tamaño de la pequeña Emma. (5) 

III. Vicisitudes frente a los derechos de propiedad intelectual y otros derechos que pueden resultar vulnerados   

Las infracciones a los derechos de propiedad intelectual, a los derechos de habeas data, de la personalidad, y de imagen, encuentran un nuevo escenario de posibles hechos que terminan afectando a los autores, creadores y titulares de derechos.

Las personas podrán hacer todo tipo de reproducciones autorizadas, y no autorizadas de toda suerte de productos,  desde sus hogares, oficinas o cualquier lugar; y se deberá evaluar si estas conductas están amparadas bajo el régimen de limitaciones y excepciones – fair use. En otros casos deberá valorarse si existe infracción a los derechos de propiedad intelectual, incluidas las herramientas de software que están detrás de estos procedimientos, y contra quién deberá iniciarse las eventuales acciones y/o medidas cautelares (El usuario, el fabricante como facilitador de la infracción, vicarious liability) o, a quien se le podrán exigir el cese de las infracción y quien deberá asumir los posibles daños y perjuicios causados. 

Con las impresiones en 3D y 4D podemos pasar de una controversial cultura del “Copiar y pegar” ´ a una del “Copiar e imprimir”. Hasta ahora, buscábamos digitalizar todo lo análogo, convirtiendo lo físico en bits y bites; y ahora con las impresiones en 3D, logramos precisamente el proceso contrario, transformando esos bits y bites en un objeto físico sólido y material. Toda una paradoja, podríamos decir. Esto nos muestra de manera clara el escenario al que se enfrentan en la actualidad una amplia gama de derechos que pueden resultar siendo afectados a través del uso de dispositivos como las impresoras 3D y 4D, veamos: 

- Derechos de autor

En la actualidad es posible acceder a través del entorno digital, a toda clase de contenidos, como libros, revistas, bases de datos, software, obras audiovisuales, películas, serie de TV., etc., video juegos, material multimedia, apps, música en formatos P2P o por streaming. También podemos acceder a dibujos, planos, proyectos arquitectónicos, maquetas, realidad virtual, hologramas, obras creadas por ordenador, esculturas, pinturas, personajes ficticios – characters, etc.; y a partir de allí realizar una impresión en un dispositivo 3D o 4D. Pensemos que a partir de estos modelos yo realizo la impresión de mi personaje favorito, sin tener que entrar a pagar los derechos de autor respectivos, o a obtener una licencia o franquicia para llevar el mercadeo o merchandising de estos productos. 

Si realizo la impresión de un personaje sobre el cual se ostenta un derecho de imagen, pensemos en un deportista, actor de teatro, cine o televisión, sin que medie su consentimiento previo, expreso e informado, estaría atentando contra derechos tales como el de habeas data y el derecho a la imagen.     

- Derechos de Propiedad Industrial

Las Nuevas Creaciones: Estas son entre otras, las patentes de invención, las patentes de modelos de utilidad, y los diseños industriales, que pueden ser objeto de toda suerte de infracciones, logradas a través del uso de las impresiones en tres o cuatro dimensiones (3D y 4D). El derecho sobre las nuevas creaciones, se obtiene con el registro que se hace ante la oficina nacional competente y le otorga un derecho de exclusiva o monopolio (Ius excludendi alios), por un tiempo determinado en favor de quien lo obtiene. Por ello si a través de una impresión en 3D o 4D se hace uso, fabricación, venta, importación, o cualquier otro acto, sobre una máquina, una pieza, un repuesto, o en general sobre un producto o un procedimiento patentado,  sin la autorización previa y expresa del titular, estaríamos frente a una infracción de tales derechos.

Productos farmacéuticos: Otro ejemplo actual, es la impresión en 3D de medicamentos, cuyos derechos son de propiedad de laboratorios farmacéuticos. Lee Cronin, un profesor de química en la Universidad de Glasgow, realiza de manera bastante adelantada procesos de impresión en 3D, teniendo en cuenta la edad, peso, talla y demás elementos individualizantes del paciente; utilizando como materia prima los componentes químicos y principios activos de los medicamentos. Incluso el procedimiento de impresión será sometido a la aprobación de autoridades sanitarias como la Food and Drug Administration (FDA) en los Estados Unidos de Norteamérica. (6).

El otro caso, se da también en los Estados Unidos de Norteamérica, donde se han aprobado los fármacos producidos e impresos 3D, e involucra a una compañía con sede en  Ohio; llamada Aprecia, y su medicamento “Spritam levetiracetam” que sirve para controlar las convulsiones provocadas por la epilepsia. El proceso de fabricación del medicamento ya ha sido probado por la FDA, utilizando la tecnología y marca registrada de la empresa "ZipDose", que utiliza la impresión 3D para crear una píldora más porosa, que logra disolverse más rápido que una tableta convencional, con fabricación personalizadas y logrando dosis más precisas. (7).

Diseños Industriales: Igual, si el objeto de la infracción es un diseño industrial, bien sea un dibujo o modelo (Bidimensional o tridimensional) en todo o en parte, pensemos en un tapete, una lámpara, un vehículo, un reloj, un teléfono celular, unas gafas, la pieza de una vajilla, una prenda de vestir o indumentaria, en lo que respecta a sus aspecto externo, estético u ornamental; fabricado o materializado a través de una impresión 3D o 4D, se estaría afectando el derecho que ostenta el creador o titular de tales creaciones. 

Marcas Tridimensionales y táctiles: La fabricación de un producto o servicio protegido a través de una marca tridimensional, de un objeto de tres dimensiones, bien sea este un envase, botella, envoltorio, cajas o, incluso, la forma de un producto, siempre y cuando distinga el producto y no corresponda a una forma usual en el mercado; y que se llegue a fabricar por intermedio de una impresora 3D o 4D, con fines comerciales, produciendo confundibilidad, sin la autorización del titular de tales derechos, constituirá necesariamente una infracción marcaria. En reciente interpretación prejudicial del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (Interpretación prejudicial 242-IP-2015.), se establecieron principios claros para la registrabilidad de las marcas táctiles, en especial de sus elementos como forma, textura, dimensión, y dispuso que en tratándose de representación gráfica deben concurrir dos requisitos a saber: i) la descripción clara, precisa y completa del signo, incluyendo un dibujo tridimensional o fotografía; y, ii) muestra física de la marca táctil. En este segundo elemento será de gran utilidad  la posibilidad de utilizar impresiones en 3D o 4D para anexar y allegar el prototipo respectivo, pues ello facilitará la logística y depósito de todas estas muestras. (8).

(1) Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en:
http://impresoras3d.com/breve-historia-de-la-impresion-3d/ 

(2) Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en: 
http://www.lagranepoca.com/archivo/32145-creador-impresion-3-d-habla-del-pasado-futuro-presente-su-invento.html 

(3)Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en: 
https://www.fayerwayer.com/2015/05/que-es-la-impresion-4d/

(4)Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en:  
http://elpais.com/elpais/2015/04/29/ciencia/1430317226_569732.html 

(5)Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en:   
https://www.unocero.com/2012/08/06/wrex-la-protesis-impresa/

(6)Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en: 
http://www.theguardian.com/sustainable-business/2015/aug/21/welcome-to-complex-world-of-3d-printed-drugs-spritam-fda

(7)Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en: 
http://www.theguardian.com/artanddesign/architecture-design-blog/2015/aug/05/the-first-3d-printed-pill-opens-up-a-world-of-downloadable-medicine?CMP=fb_gu 

(8)Consultado el 3 de noviembre de 2015, disponible en: 
http://propintel.uexternado.edu.co/interpretacion-del-tribunal-andino-de-justicia-impone-la-presentacion-de-muestras-fisicas-para-el-registro-de-marcas-tactiles/?utm_content=buffer4a8c3&utm_medium=social&utm_source=facebook.com&utm_campaign=buffer 

 

Por: Wilson Rafael Rios

   

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